Código deontológico del periodista.
Preámbulo: El derecho a la información libre y veraz no es propiedad exclusiva del periodista. El receptor tiene derecho a ser informado eficazmente y, por tanto, el periodista se debe por encima de todo a sus receptores. El informador debe mantener una conducta profesional debido a la responsabilidad social que tiene, ya que puede causar graves trastornos sociales si no mantiene una actitud precisa y ética.
Deberes: La libertad de información está por encima de todo y, por tanto, el periodista no puede convertirse en un ser sin escrúpulos que busca su propio éxito profesional por encima de la verdad.
-No tergiversar intencionadamente ni la información final ni el contenido que faciliten las fuentes (que siempre deben ser conocidas) con la intención de respaldar su labor.
-Respetar la verdad por encima de sus repercusiones y sin dejarse manipular por intereses políticos ni económicos de cualquier índole.
-No se debe omitir voluntariamente algún hecho esencial y no deformar nada deliberadamente.
-No falsear ni emplear métodos incorrectos para presionar a las fuentes ni a los afectados por la información. El chantaje sólo implica la destrucción de todos los valores éticos de la profesión. Si no se alcanza a desarrollar un tema, lo correcto es no sobrepasarse ni utilizar hipótesis poco probables o no justificadas con pruebas objetivas.
-El deber y el derecho de la información no tienen que sobrepasar el derecho a la intimidad de las personas. Todo no es noticiable, especialmente la vida privada de los personajes públicos, cuyo interés debe centrarse en los actos de interés para la población, no su vida íntima ni fuera del ámbito profesional.
-No es correcto y se prohíbe el plagio, la calumnia, la difamación y la maledicencia.
-El secreto profesional, así como la confidencialidad, deben ser preservadas ante la opinión pública siempre y cuando la fuente lo requiera. Pero esto no debe ser nunca una excusa para que el periodista se invente acontecimientos.
-Se han de respetar los derechos fundamentales y los demás recogidos en la Constitución con el fin de cuidar la democracia y los valores de igualdad, sin distinción entre raza, sexo o ideología.
-Asumirá la entera responsabilidad de todo texto que se publique bajo su firma o seudónimo personal. Aquellos artículos cuya única finalidad sea comercial no deben ser firmados.
-El informador debe separar, para que no induzca a error, la información de la opinión.
-Deberá respetar siempre el principio de presunción de inocencia, y debe proteger especialmente a los menores.
Derechos de los periodistas: Todo informador tiene derecho a desarrollar su trabajo sin presiones. Tiene derecho al secreto profesional y a la cláusula de conciencia, ya que son instrumentos útiles para el ejercicio del derecho a informar. Además de ser un derecho del periodista, también es un derecho institucional que garantiza una opinión pública libre.
-El secreto profesional, aunque no está regulado por la ley, sí es un derecho constitucional, y se basa en que el periodista no tiene que revelar su fuente de información. Se puede hacer valer tanto contra la Administración como contra la empresa a la que pertenezca. Se protege a la fuente, aunque se está obligado a contar todo lo que se sabe.
-La cláusula de conciencia se ejercita contra la empresa para defender la libertad ideológica del periodista. Para ello ha de existir un contrato laboral, cuya rescisión es un derecho unilateral del informador, quien no tiene que llegar a un acuerdo si no quiere, aunque es necesario que se produzca un cambio notable en la orientación ideológica del medio. La empresa está obligada a dar una indemnización, que es equivalente al despido improcedente o a una cantidad pactada.
-Los profesionales de la información se pueden negar motivadamente a hacer informaciones en contra de los códigos deontológicos, sin recibir sanción.
-Los periodistas reivindican el libre acceso a todas las fuentes de información y el derecho a investigar libremente sobre todos los hechos que condicionen la vida pública.
-Los periodistas deben ser informados de cuanto acontece en su empresa, sobre todo lo referente a sus contratos como profesionales. Tienen que disponer de los medios e instrumentos imprescindibles para poder desarrollar su actividad con plena independencia, libertad, iniciativa y sentido de la responsabilidad.
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